01 DE OCTUBRE DE 2019
A MAGISTRADOS, ACTUARIOS Y FUNCIONARIOS
Se recuerda vigencia de la Acordada N° 516/2008
El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia emitió la Circular N° 4 a fin de recordar a los magistrados, actuarios y demás funcionarios judiciales de todas las circunscripciones del país la vigencia de la Acordada N° 516/2008.
Al respecto aclara que el arancel a ser abonado por las partes para cada constitución o diligencia que implique el traslado de los magistrados, actuarios o funcionarios desde el Juzgado hasta el lugar respectivo, debe abonarse una sola vez, independientemente de la cantidad de actos procesales a ser realizados ahí.
Así, en el caso de que la constitución o diligencia deba realizarse en el mismo inmueble o en lugares contiguos, no podrán percibir más que un viático y no uno por cada acto o lugar, dado que no constituyen sino rubros destinados a cubrir gastos de traslado.
Lo resuelto se aplica de igual forma a los ujieres notificadores que, cuando deban notificar a varias personas en el mismo domicilio, no podrán percibir más de un viático.
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Acordada 516
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