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Corte Suprema de Justicia

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03 DE MARZO DE 2010

COSTAS DEBERÁN SER ABONADAS POR LAS PARTES

Sala Civil rechazó recurso de apelación y acción de nulidad planteados por caso Ortellado

La Sala Civil y Comercial de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de apelación ante el apartado tercero del acuerdo y sentencia número 112 dictado el Tribunal de Apelación, Primera Sala y declaró desierto el incidente de nulidad, que fueron interpuestos por la abogada Solange García, en representación del capitán Hilario Ortellado. El mismo, demandó al Estado paraguayo por daños y perjuicios, pues había estado recluido junto con otros militares, por estar presuntamente involucrados en la muerte del cadete Alberto Anastasio Benítez. Por último, la Sala dispuso que las costas sean abonadas por ambas partes.

El recurso de apelación planteado por la abogada Solange García, en representación del capitán Hilario Ortellado, fue rechazado por la Sala Civil y Comercial de la Corte Suprema de Justicia integrada por los ministros Miguel Oscar Bajac, César Garay Zucolillo y el actual titular del máximo tribunal de la República, Raúl Torres Kirmser. Igualmente, declaró desierto recurso de nulidad promovido por la citada defensora.

 

La Sala Civil confirmó el apartado tercero del acuerdo y sentencia número 112, que fue dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de Asunción, Primera Sala y con esto, se dispuso que las costas sean abonadas por ambas partes.

 

El ministro preopinante, Miguel Oscar Bajac argumentó que el recurso de nulidad no fue fundamentado en esta instancia por la abogada defensora, además que no existe vicio que pueda ameritar la declaración de oficio, por lo que debe declararse desierto el incidente.

 

La abogada Solange García había alegado que el juicio fue ganado al Estado paraguayo en primera instancia, por ello la parte vencida debía abonar en concepto de indemnización las costas a su defendido, pero primeramente solicitó que sea reducido el monto de la indemnización y posteriormente, pidió que el mismo sea aumentado.

 

Sin embargo, el Procurador  General de la República en defensa del Estado paraguayo solicitó el rechazo de dicha disposición. El Tribunal de Alzada argumentó que la resolución se debe a que no resultó vencido el Estado paraguayo ni vencedora la parte demandante, por ello los gastos deben ser distribuidos.

 

Recordemos, que Ortellado fue apresado junto con Napoleón Ortigoza, el capitán de infantería Hernán Falcón y los choferes Escolástico Ovando y Domingo Regalado Brítez por estar supuestamente involucrados en la muerte del cadete Alberto Anastasio Benítez, ocurrido el 7 de diciembre de 1962, en el barrio Santísima Trinidad de la Capital. 

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