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31 DE AGOSTO DE 2009

LA CAUSA “LUIS ALBERTO ROJAS S/ HOMICIDIO DOLOSO”

Tribunal de Apelación rechazó pedido de recusación contra jueza Scura en caso Argaña

El Tribunal de Apelación en lo Criminal, Segunda Sala presidido por el juez Arnaldo Martínez Prieto, conformado por los doctores Manuel Silvio Rodríguez y Linneo Ynsfrán Saldívar resolvió no hacer lugar a la recusación promovida por la abogada Patricia López Moreira de Latorre, defensora de María Teresa Contreras de Argaña, contra la jueza de Ejecución Penal, María de Lourdes Scura Dendi. El Tribunal desestimó la recusación por considerarla improcedente. La misma es con relación a la causa “Luis Alberto Rojas S/ Homicidio Doloso” por el asesinato del ex vicepresidente de la República, Luis María Argaña.

La recusación planteada por la abogada Patricia López Moreira de Latorre, defensora de María Teresa Contreras de Argaña, contra la jueza de Ejecución Penal, María de Lourdes Scura Dendi fue desestimada por el Tribunal de Apelación en lo Criminal, Segunda Sala integrado por el jueces Arnaldo Martínez Prieto, Manuel Silvio Rodríguez y LinneoYnsfrán, que consideró improcedente el recurso.

 

La causa se trata del proceso al condenado Luis Alberto Rojas por hecho de homicidio doloso en el asesinato del ex vicepresidente de la República, Luis María Argaña, ocurrido en 1999.

 

La abogada Moreira de Latorre recusó a la jueza Scura luego de que la misma dispuso el traslado del condenado Luis Alberto Rojas, quien fuera procesado junto con Pablo Vera Esteche, donde la recusada participó en su defensa. Pero el Tribunal comunicó que no corresponde fundamentar la validez o no de dicha decisión en esta incidencia pues la misma ya fue dictada y puede ser objeto de los recursos o impugnaciones correspondientes.

 

El Tribunal se pronunció en contra de las demás supuestas causales como la eventual denuncia contra la jueza ante el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, porque es una amenaza pues la denuncia debe plantearse ante el Tribunal, por ello se considera como un alzamiento contra la autoridad constitucional, por lo que se advierte a la abogada Moreira que si vuelve a realizar una actuación inapropiada, será pasible de sanciones severas y la inscripción en su legajo profesional.
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